Avala SCJN derecho de audiencia a detenidos en alcoholímetro

Los conductores detenidos por no haber pasado la prueba del alcoholímetro tienen derecho a la audiencia previa, antes de ser sujetos a la pena de prisión administrativa
Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la contradicción de tesis 171/2019, surgida entre dos tribunales colegiados, quienes hacían interpretaciones distintas sobre el derecho de audiencia previa.
En la sesión de la víspera, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, pidió a sus compañeros del Pleno reflexionar sobre el alcance que tendría su decisión, les dijo “si la tesis se aprueba como está, prácticamente se hace inoperante el instrumento del alcoholímetro que según estadísticas ha salvado muchísimas vidas y ha cambiado incluso la cultura de los habitantes, al menos de la Ciudad de México y entiendo que de otras ciudades.”
Ante el llamado, el ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, modificó su proyecto para quedar de esta manera “que el momento oportuno para otorgar el derecho de audiencia previa se actualiza cuando el presunto infractor se encuentra en las instalaciones del juez calificador.”
Fuente: La Jornada