Este 10 de octubre, juzgados de paz dejarán de funcionar en Tabasco

- Se cierra el sistema tradicional, reasignan funciones e inicia reestructuración interna del Poder Judicial del Estado
- Se reasignarán la competencia de los juzgados de paz, a los juzgados de primera instancia que conocen de materia penal y civil
TVT | Redacción
En la revisión del tema “Tabasco: Justicia Ágil, Equitativa y Moderna” de la Mesa de Análisis de este lunes en Televisión Tabasqueña (TVT), estuvieron como panelistas Lili del Rosario Hernández Hernández y Norma Lidia Gutiérrez García, quienes fungen con secretaria general y consejera del Consejo de la Judicatura, respectivamente; así como el diputado local independiente José Manuel Sepúlveda del Valle, integrante de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado.
La revisión del tema giró en torno a que, este 10 de octubre, los 19 juzgados de paz dejarán de funcionar en Tabasco, por lo que los especialistas vertieron información de interés general e hicieron un posicionamiento puntual sobre ciertas dudas que al respecto se tienen.
Como se recordará, en Tabasco, los juzgados de paz fueron creados a partir de la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado del 30 de abril de 1997, con atribuciones fundamentalmente conciliadoras, para facilitar la solución de conflictos planteados por ciudadanos, mediante un trámite sencillo y breve.
El 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformaron disposiciones de la Constitución general de México, para establecer en el país el ‘Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral’.
Pero fue después del 5 de marzo de 2014 –a raíz de que se expidió el Código Nacional de Procedimientos Penales–, cuando éste comenzó a instaurarse en Tabasco.
Esta transformación generó una disminución considerable en las cargas de trabajo de los juzgados de paz, pero se incrementaron exponencialmente en los juzgados en materia civil y penal.
Ante ello, el titular del Poder Ejecutivo estatal propuso impulsar estrategias para garantizar a la población tabasqueña una impartición de justicia ágil y acorde a los cánones internacionales de protección de derechos.
La iniciativa que el Congreso Local aprobó el 19 de junio del 2019, mediante Decreto 109 (publicado en el Periódico Oficial del Estado el 7 de agosto), autoriza replantear la estructura interna del Poder Judicial del Estado.
Esta reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial consideró conveniente reasignar la competencia de los juzgados de paz, a los juzgados de primera instancia que conocen de materia penal y civil, sin menoscabo de la labor conciliadora que aquellos desempeñaban, pues uno de los bastiones en que descansa el ‘Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral’ es la utilización de mecanismos alternativos de solución de controversias, los cuales también se emplean en los litigios de naturaleza civil o familiar.
La reforma establece que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado es el encargado de reasignar los recursos humanos que se desempeñen en los juzgados de paz, a aquellos en materia civil y penal.
Los asuntos que se encuentren radicados en los juzgados de paz que se suprimen, serán transferidos a los juzgados penal, mixto, civil y familiar de primera instancia.
Con el cierre del sistema tradicional y la reasignación de sus funciones, se atendieron los derechos de las víctimas, se reubicaron recursos materiales y humanos, se aprovechó la experiencia, se cuidaron derechos laborales, y se satisface la demanda ciudadana.
Por todo ello, los invitados a esta mesa especial Lili del Rosario Hernández Hernández, Norma Lidia Gutiérrez García y José Manuel Sepúlveda del Valle, nos hablaron de los esfuerzos que se están haciendo en Tabasco para garantizarle a su población una justicia ágil, equitativa y moderna.